Romero fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, tras ser declarado autor de los delitos de “Administración Fraudulenta agravada por ser cometida en perjuicio de la Administración Pública” -cuatro hechos-, “Abuso de Autoridad” -un hecho- y “Exacciones Ilegales agravada” -un hecho-, todo en concurso real.
Por su parte, Ortega fue condenado a dos años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, al ser declarado coautor del delito de “Administración Fraudulenta agravada por ser cometida en perjuicio de la Administración Pública” -cuatro hechos-, en concurso real.
La sentencia fue emitida hoy, 19 de agosto de 2026, por el Tribunal Colegiado de Juicio integrado por los jueces Dres. Ana Carolina Pérez Rojas -presidenta de trámite-, María Margarita Nallar y Máximo Alejandro Gloss, con la asistencia del actuario Dr. Ricardo Grisetti.
Luego de que los condenados reconocieron su responsabilidad penal y la existencia de los hechos atribuidos, el Tribunal hizo lugar al acuerdo alcanzado por el representante del Ministerio Público de la Acusación, Dr. Diego Funes y los acusados Ricardo Alfredo Romero y Juan José Ortega, asistidos por sus abogados defensores Dres. Alberto Matuk y Gustavo Roque; con la opinión favorable de las víctimas, representadas por los querellantes particulares Dres. Guillermo Jenefes e Ivana del Valle Ramírez.
Asimismo, a ambos condenados se les impusieron, por el término de dos años, reglas de conducta, entre ellas fijar y mantener domicilio; someterse al control del Patronato de Liberados y firmar cada 30 días el Libro de Caución; y abstenerse de mantener contacto o ejercer actos perturbatorios, por sí o por terceros y por cualquier medio, contra las víctimas.
